Lunes 29 de abril de 2024
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¿Puedo desarrollar un negocio desde mi casa?

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    No es extraño encontrar nuevos emprendedores que deciden realizar e iniciar su negocio desde su propia casa.

    Los altos costes por el alquiler de una oficina en la ciudad  y la facilidad/flexibilidad que genera poder trabajar desde casa son una de las principales motivaciones que llevan a un emprendedor a trabajar y “arrancar” su negocio en su vivienda habitual.

    ¿Puedo desarrollar un negocio desde mi casa?

    Antes de entrar en valoraciones “técnicas” para la viabilidad o no del proyecto en una casa, es importante analizar y averiguar si nuestro perfil personal y profesional se podría adaptar a trabajar en un entorno así. 

    Es decir, si tenemos esta capacidad mental para trabajar en un entorno utilizado también para el descanso, la familia, las obligaciones personales….

    Y es que el simple hecho de tener que arreglarnos y salir hacía un lugar de trabajo (oficina, zona de coworking…) donde compartimos espacio con otras personas y profesionales, ayuda y favorece la aptitud y actitud para el desarrollo productivo de una actividad.

    ¿Te crees capaz de ser igual de productivo en un entorno conocido dentro de tu propia casa? Si ya empiezas a tener dudas de tu capacidad de levantarte a la hora concreta, de no despistarte con lavadores o televisores, es mejor que te quites de la cabeza la opción de trabajar desde casa.

    Por otro lado, tenemos que analizar el tipo de trabajo o servicio que queremos desarrollar. Si tu negocio se encarga de desarrollar servicios por internet (asesoría, programación, venta de productos por internet, etc…) no tiene que haber ningún problema por trabajar desde casa. 

    Incluso si tu trabajo tiene como fin el asesoramiento, de economista, abogado, contable, etc… tampoco deberían existir problemas. En muchas ocasiones, se decide ubicar un despacho profesional en una de las habitaciones de la vivienda.

    No obstante, existen otros servicios o negocios en los que se hace totalmente impensable poderlos desarrollar desde casa: Venta al público, restauración, bar…

    En cualquier caso, tu primer análisis consiste en la viabilidad “intangible” de realizar tu idea de negocio desde tu casa.

    Si finalmente has decidido emprender desde tu vivienda, es momento de ver los posibles condicionantes:

    ¿Qué gastos puedo imputar cuando desarrollo el negocio en mi casa?

    Si eres Autónomo y realizas tu actividad profesional desde tu casa, tienes que tener claro cuales serán los gastos que podrás deducirte ya que son necesarios para la realización principal de tu negocio.

    Según la Agencia Tributaria, los gastos deducibles serán aquellos que son necesarios para la obtención de ingresos. 

    La nueva ley de Autónomos aplicada desde inicios de 2018 permite deducirnos ciertos gastos:

    Gastos de suministro como: Agua, Luz, Gas, Teléfono, Internet, se pueden deducir en un 30% aplicable a la parte de la casa que está destinada al desarrollo de la actividad profesional.

    Es decir, del total que se está pagando por suministros, se debe calcular el porcentaje que aplica a los metros cuadrados destinados a la actividad. Y de este resultado, aplicar el 30%.

    Por ejemplo: 

    Gastos de Suministros: 100€

    Metros cuadrados totales en vivienda: 100 metros cuadrados

    Metros cuadrados dedicados a la actividad: 25 metros cuadrados

    Proporción gastos por m2: (100€ * 0,25) = 25€

    De estos 25€, se pueden deducir el 30% = 7,5€

    Por otro lado, deberás comunicarte con la Agencia Tributaria, a partir del modelo 036 o modelo 037, para indicar qué actividad estás desarrollando en tu casa, así como la parte (m2) de vivienda que estás utilizando para el desarrollo de la actividad profesional.

    Hasta el momento, si se vivía de alquiler no era posible la deducción de la parte proporcional de la renta. No obstante, existe una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid donde le han dado la razón. (En cualquier caso, es una situación que podría acarrearnos problemas).

    Licencias de actividad para desarrollar un negocio en mi casa

    Según el tipo de negocio que quieras desarrollar, será necesario tramitar con tu Ayuntamiento correspondiente, una licencia de apertura por la actividad.

    Las diferentes licencias son:

    -Actividades inocuas: Son aquellas que no generan ningún tipo de molestia o riesgo a la comunidad de vecinos de tu vivienda.

    -Actividades no inocuas: Son aquellas que sí podrían generar molestias y riesgos a tus vecinos. Para poder desarrollarlas, deberás cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento municipal, ya que sino, el ayuntamiento no te va a conceder la licencia de apertura.

    -Actividades exentas: Normalmente se solicitan cuando la actividad o servicio profesional es una actividad artesanal o artística que no genera una venta directa al público.

    Posibles normas en la comunidad de Vecinos

    Es posible que además de las limitaciones que se transfieren en las ordenanzas municipales, cada comunidad de vecinos tenga las suyas.

    Existe una ley denominada “Ley de la propiedad horizontal” que prohíbe la posibilidad de realizar actividades que puedan llegar a ser molestas, insalubres, e incluso, peligrosas.

    Si nuestra actividad podría generar alguno de estos aspectos, la Comunidad de vecinos tendría capacidad para prohibirnos la realización de la actividad.

    Además, y aunque la actividad se desarrolle en tu propia casa, el hecho de tener que pasar por zonas comunas, puede generar problemas y conflictos con el resto de propietarios.

    Por regla general, si se trata de una actividad como economista o abogado, y tiene la actividad en la primera o segunda planta, no suelen haber problemas.

    Eso sí, si tu actividad tiene como fin otras cosas que no sean hablar, y que además necesites disponer de un almacén, por ejemplo, ya serán indicadores de posible conflicto con el resto de vecinos.

    En conclusión:

    Es muy importante que tengas claro que tu actividad principal del negocio puede desarrollarse en un piso.

    Y además, que no afectará al desarrollo normal de la comunidad de vecinos (sin molestias, ruidos o procesos peligrosos) que te puedan generar conflictos y problemas con el resto de vecinos.

    Finalmente, ten en cuenta la cantidad total de gastos que podrías deducirte por el desarrollo de tu actividad en tu vivienda.

    (Recuerda que si estuvieras en un local u oficina asignado para tu actividad, todos los gastos serian 100% deducibles en tu negocio).

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