Sábado 18 de mayo de 2024
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Las 7 dudas más importantes con el modelo 115

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    Como Autónomo o Empresario, es posible que hayas oído hablar de la presentación del modelo 115 de forma Trimestral.

    Pues bien, se trata de un modelo no obligatorio a presentar por la totalidad de Autónomos o Empresas. Tan sólo deberán presentarlo aquellos Autónomos y Empresas que reúnen las características específicas para ello.

    El objetivo del presente artículo es detallarte y explicarte todas las características del modelo 115 de la Agencia Tributaria.

    ¡Vamos allá!

    Las 7 dudas más importantes con el modelo 115  

    1. ¿Que es el modelo 115? 

    El modelo 115 de la Agencia Tributaria es una declaración a realizar trimestralmente por parte de los Autónomos o Empresas que desarrollan y realizan su actividad comercial en una oficina o local de trabajo alquilado.

    Como arrendatario, debes declarar ante la Agencia Tributaria las retenciones de IRPF que te practican en el momento de emitir la Factura y pago del Alquiler al arrendador.

    Es decir, como receptor de la Factura de alquiler, y ante una retención de IRPF, eres tu quién deba pagar esta retención ante la Agencia Tributaria, en nombre del arrendador.

    2. ¿Cuándo debo presentar el modelo 115 ante la Agencia Tributaria? 

    Al igual que la declaración trimestral del IVA con el modelo 303, la declaración del modelo 115 debe presentarse al final de cada trimestre y durante los siguientes 20 días.

    Es decir:

    1r Trimestre: del 1 al 20 de Abril. Ambos inclusive.

    2º Trimestre: del 1 al 20 de Julio. Ambos inclusive.

    3r Trimestre: del 1 al 20 de Octubre. Ambos inclusive.

    4º Trimestre: del 1 al 20 de Enero. Ambos inclusive.

    Si el último día de plazo coincide con un Sábado, Domingo o Festivo, el último dia para presentar el modelo pasará al siguiente día hábil.

    3. ¿Quién debe presentar el modelo 115?

    Aquellos profesionales autónomos y empresarios que realizan su actividad comercial y empresarial en un local alquilado y que pagan por él, están obligados a presentar trimestralmente el modelo 115 ante la Agencia Tributaria.

    Eso sí. Deberá tratarse de un inmueble considerado urbano.

    4. ¿En el alquiler de una plaza de garaje también se incluye retención de IRFP ?

    Si. En el alquiler de plazas de garaje también intervendrán retenciones de IRPF, y por lo tanto, deberá ingresarse con el modelo 115.

    5. ¿Se puede presentar el modelo 115 con valor cero? 

    En teoría, el modelo 115 se presenta cuando existe un pago de un alquiler por el cual se ha retenido un importe económico, que debe pagarse ante la Agencia Tributaria.

    No obstante, sí podría pasar el caso de que se haya olvidado de dar de baja la obligación de presentar el modelo 115 y durante este trimestre no hayamos tenido ningún alquiler. Deberás presentar el modelo 115 con importe 0.

    6. ¿Se debe presentar el modelo 115 si aún no he iniciado la actividad? 

    Si un Autónomo ha alquilado un local para realizar su actividad pero aún no se ha dado de alto, en teoría el alquiler de momento es entre particular a particular.

    Por ello, lo más adecuado será darse de alta antes de alquilar el local, y poder así, desgravarse los gastos.

    7. ¿Se puede corregir un error en la realización del modelo 115?

    Si una vez has realizado la presentación del modelo 115 te has dado cuenta que existe un error, tienes la posibilidad de arreglarlo.

    Si el importe del nuevo modelo 115 es superior, podrás subsanar el error realizando una declaración complementaria.

    Por el contrario, si el importe del nuevo 115 es inferior, deberás realizar un escrito justificando el error y solicitando la petición del cambio.

     

    Como ves, el modelo 115 tan solo deberá realizarse en el caso que tengas un alquiler de tu local comercial o empresarial y en las facturas que te emitan exista una retención de IRPF incluida. 

    Si eres Autónomo y no te encuentras en esta situación, no debes preocuparte ya que no estás obligado a presentar trimestralmente el modelo 115.

    Con Blueindic, el programa de Facturación para Autónomos podrás gestionar de una forma simple, ágil y visual todos los gastos relacionados con la actividad de tu negocio.

    Entre ellos, el gasto de alquiler. Y a medida que los registres, automáticamente se cumplimentará el modelo 115 por las retenciones de IRPF en el alquiler.

    Así pues, sin perder tiempo tendrás tu negocio controlado y tu documentación preparada siempre para ser presentada ante la Agencia Tributaria.

    Blueindic

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